Título en E.S.O : Dispensa de pruebas de nacionalidad española DELE A2 Y CCSE.

16/04/2018

Primeras concesiones de las pruebas de nacionalidad española DELE A2 y CCSE por disponer del título en E.S.O.

Nuestro despacho PMF ADVOCATS, acaba de recibir la primera DISPENSA de un solicitante que dispone de un título de ESO (educación secundaria obligatoria), con lo que este NO deberá realizar las pruebas delengua española, DELE A2, y de conocimientos constitucionales y socioculturales de España, CCSE, que son obligatorias para aplicar a la nacionalidad española.

Todo ello, y según consta en la resolución, en base al artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016 de 30 de setiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia, donde se establece que “podrá dispensarse de dichas pruebas a los solicitantes que hayan estado escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria”

Desde la aprobación de las instrucciones a seguir para poder tramitar la nacionalidad española según la nueva legislación, se han establecido directrices para solicitar una dispensa a efectos de no tener que realizar pruebas de lengua española, DELE A2, y CCSE para distintos colectivos que podrían tener dificultades para aprobar dichos exámenes,

Los que no sepan leer y escribir,

Los que presenten dificultades de aprendizaje,

Y finalmente donde encajaría nuestro supuesto de hecho, también se exime de las pruebas a los que hayan estado escolarizados en España y superado el ESO , así como aquellos que hayan cursado y superado en España y en lengua española los estudios oficiales de educación secundaria postobligatoria ( bachillerato, formación profesional de grado medio, las enseñanzas  profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio y las enseñanzas deportivas de grado medio) o educación superior,( enseñanza universitaria, enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, enseñanzas deportivas de grado superior y enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior)

Dichos requisitos citados deberán acreditarse mediante los certificados y títulos oficiales correspondientes.

Dicho procedimiento de dispensa se inicia de forma electrónica por la sede del ministerio de justicia, con carácter previo al procedimiento de solicitud de nacionalidad por residencia. El trámite demora un plazo máximo de 3 meses. La concesión implica que el interesado ya puede solicitar la nacionalidad española por residencia. En caso de denegación existirá la posibilidad de recurso o bien la posibilidad de inscribirse  para realizar los exámenes que tutela el Instituto Cervantes.

No dude en contactar  PMF ADVOCATS para conocer esta información actualizada.

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