Comunicado de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Girona

08/09/2015

La Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados exige a los Estados europeos el cumplimiento de la legalidad vigente en la actual crisis de los refugiados.

Los abogados instan a los Ayuntamientos a activar una respuesta urgente ante la crisis migratoria.

Ante la actual crisis migratoria la Comisión de Derechos Humanos y Extranjería del Colegio de Abogados de Girona exige el cumplimiento de la legalidad internacional por parte de los Estados miembros de la Unión Europea. La Comisión entiende que la respuesta a la situación actual no puede ser unilateral por parte de los Estados ni una respuesta basada en las políticas o en los intereses de cada país, sino que hay un respuesta comunitaria y unitaria por parte de la UE, basada en los principios de cooperación y solidaridad, que son fundamentales en los tratados internacionales vigentes. Asimismo, también denuncia la violación de derechos humanos por la situación en que se encuentran miles de refugiados hoy a las puertas de la Unión Europea y la violación de la normativa europea en la visión restrictiva de las cuotas a repartir entre los Estados miembros.

La legislación vigente y la falta de voluntad de aplicarla

La Comisión también destaca que los tratados y normas internacionales asumidos por los Estados miembros de la UE forman parte de su ordenamiento jurídico interno y por lo tanto son de obligado cumplimiento, y que estas normas exponen que el asilo es un derecho fundamental y su concesión , una obligación internacional. Forman parte de la normativa vigente la Declaración Universal de los Derechos Humanos que reconoce el derecho de toda persona, en caso de persecución, a buscar asilo y a disfrutar de este en cualquier país, la Carta de Derechos Fundamentales de la UE que garantiza también en su artículo 18 el derecho de asilo, o el Sistema Europeo Común de Asilo (SECA), mediante el cual en los últimos años se ha desarrollado el derecho de asilo y que está formado por la Directiva sobre procedimientos de asilo, la Directiva sobre condiciones de acogida, la directiva sobre requisitos, el Reglamento de Dublín y el Reglamento Eurodac. En el Estado, la Ley 12/2009 regula al Estado el derecho de asilo, de acuerdo con el artículo 13 de la Constitución.

La Comisión evidencia que esta crisis ha puesto de relieve la falta de una política de inmigración común en la UE pese a que el Consejo Europeo de Tampere puso las bases ya en 1999. Como en otras ocasiones los Estados han priorizado unificar otras políticas y la Europa de los derechos y las libertades retrocede cada día. Europa tiene un marco jurídico para regular la acogida, la concesión del estatuto de refugiado, los derechos y los deberes de los solicitantes de protección internacional, dispone de una Oficina Europea de apoyo al Asilo, ha establecido planes de actuación en caso de llegadas masivas de desplazados, pero estos últimos meses sólo se ve la inoperancia de estos mecanismos provocada por la falta de una voluntad clara de los Estados de aplicar y de exigir a todos los Estados Miembros que apliquen la normativa existente: el Sistema Europeo Común de Asilo. Los refugiados hasta ahora han sido tratados como simples cuotas a repartir entre los Estados miembros, en ningún caso se ha tenido en cuenta ninguna perspectiva humanitaria en el tratamiento de la llegada y acogida de estas personas.

La Comisión de Derechos Humanos y Extranjería considera que las normas no pueden ser decorativas, y apunta que la negativa de los Estados miembros de la UE a dar asistencia a los refugiados vulnerando los derechos reconocidos en la legislación vigente podría comportar una eventual responsabilidad del Estado por un crimen internacional, resultante de la violación de una obligación internacional esencial para la salvaguardia de los intereses fundamentales de la comunidad internacional.

En este sentido recalca que la Unión Europea está vulnerando su obligación de socorrer ciudadanos, que aún no siendo nacionales de sus países, se encuentran en situación de extrema vulnerabilidad y que además muchos de ellos serían considerados refugiados ya que huyen de países como Eritrea, Siria o Afganistán, y recuerda que a un Estado no sólo le obligan los derechos humanos de sus ciudadanos sino también los derechos humanos, como el derecho a la vida y el derecho de asilo, de todas las personas que se encuentran bajo el alcance de su soberanía.

Los abogados reflexionan sobre la importancia de utilizar correctamente las palabras para hacer referencia a las personas extranjeras que están llegando a Europa: todos deben ser tratadas con respeto y dignidad, pero hay que exigir a los Estados que cumplan con sus responsabilidades para con los refugiados, tal como define la normativa internacional.

Actuación local urgente

La Comisión de Derechos Humanos y Extranjería del Colegio de Abogados de Girona se pone a disposición de las entidades sociales que emprendan iniciativas en apoyo a los refugiados a fin de velar por el cumplimiento de la legislación vigente, y pondrá al servicio de esta tarea los recursos necesarios para garantizar la efectiva asistencia jurídica a las personas desplazadas y refugiadas. Y también en este sentido quiere fomentar la formación específica en materia de asilo y refugio de los letrados gerundenses.

Por otra parte, hace un llamamiento a los Ayuntamientos de las comarcas gerundenses a activar medidas urgentes para garantizar la acogida de futuros refugiados, y que a tal fin ofrezcan los medios presupuestarios, humanos y sociales que sean necesarios para hacer frente a esta crisis humanitaria.

Girona, 3 de setiembre de 2015.

Comisión de Derechos Humanos y Extranjería
Ilustre Colegio de Abogados de Girona