Autorización inicial de residencia temporal no lucrativa

Es una autorización que solicitan los extranjeros desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividad laboral.

Requisitos:

1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

2. No encontrarse irregularmente en territorio español.

3. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

4. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

5. Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:

  • Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, que asciende a 2.130,04 euros.
  • Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM que asciende a 532,51 euros.

6. Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

7. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

8. No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.

 

Documentación exigible:

Desde PMF Advocats os haremos llegar la relación actualizada de la documentación a presentar. Solo la tenéis que solicitar llamando al 972 22 04 75 o enviando un correo electrónico a paumaso@pmfadvocats.com

 

Procedimiento:

- Sujeto legitimado para presentar la solicitud de residencia temporal: el extranjero, personalmente. Si es menor de edad, sus padres, tutores o representante debidamente acreditado, personalmente.

- Lugar de presentación: Misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el extranjero.

- Las tasas: se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:

  • Tasas por expedición de visado
  • Tasas por autorización de residencia: Modelo 790 código 052

- Plazo de resolución: El plazo de notificación de la resolución es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

En el caso de concesión del visado de residencia, el extranjero dispone de un mes desde la notificación para recogerlo personalmente. En caso de no hacerlo así, se entenderá que ha renunciado al visado concedido, y se producirá el archivo del procedimiento.

Una vez recogido el visado, el solicitante deberá entrar en España en el plazo de vigencia del visado, que en ningún caso será superior a tres meses.

La autorización inicial de residencia temporal tendrá la duración de un año y la vigencia comenzará en la fecha en que se efectúe la entrada en España.

En el plazo de un mes desde la entrada en España, el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. Para ver dónde dirigirse, el horario y si tiene que pedir cita previa se podrá consultar:

http://www.seap.minhap.gob.es/web/servicios/extranjeria/extranjeria_ddgg.html

El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:

- Solicitud de tarjeta, en modelo oficial (EX-17) disponible en http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/

- Justificante del abono de la tasa de la tarjeta que asciende a 15,45 euros.

- Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.