Existen 2 opciones:
Firma de un convenio de prácticas con una entidad de acogida
Que contemple una formación teórica y práctica. El convenio de prácticas contendrá, al menos:
- Una descripción del programa de prácticas, incluido el objetivo educativo o los componentes de las prácticas.
- La duración de las prácticas.
- Las condiciones de las prácticas y de su supervisión.
- Las horas de prácticas.
- La relación jurídica entre la persona en prácticas y la entidad de acogida.
a) Obtención de un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de solicitud o estar realizando estudios que conducen a la obtención de un título de educación superior.
b) Las prácticas deben efectuarse en el mismo campo académico y al mismo nivel de cualificación que el título de educación superior o el programa de estudios referido.
c) Disponer de seguro de enfermedad y de recursos suficientes.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) Que el extranjero se encuentre regular en España.
Firma de un contrato de trabajo en prácticas con la entidad de acogida.
No se aplicará la situación nacional de empleo.
Sin perjuicio de someterse a la regulación propia del trabajo en prácticas, este contrato deberá contener, al menos, el contenido previsto en este artículo para el convenio.