Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el empleador o empresario, personalmente, o a través de un sujeto legitimado que tenga atribuida la representación legal empresarial.
Lugar de presentación: Oficina de Extranjería de la provincia donde se vayan a prestar los servicios. Si la empresa tiene centros de trabajo en más de una provincia y más de 500 trabajadores, en la Unidad de Grandes Empresas de la Dirección General de Inmigración.
En el caso de concesión, el trabajador dispone de un mes desde la notificación al empleador, para solicitar personalmente el visado en la misión diplomática u oficina consular en cuya demarcación resida. A la solicitud de visado deberá acompañar:
- Pasaporte ordinario o título de viaje reconocido como válido en España con una vigencia mínima de cuatro meses.
- Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
- Certificado médico.
- Copia del contrato presentado y sellado por la Oficina de Extranjería.
- Justificante de haber abonado la tasa del visado.
Notificada, en su caso, la concesión del visado, el trabajador deberá recogerlo personalmente en el plazo de un mes desde la fecha de notificación. De no efectuarse la recogida en el plazo mencionado, se entenderá que ha renunciado y se producirá el archivo del expediente.
El trabajador deberá entrar en España durante los tres meses de vigencia del visado, que habilita para la entrada y permanencia en España en situación de estancia hasta que se produzca su afiliación y alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, dentro del plazo de tres meses desde la entrada.
En el plazo de un mes desde que el trabajador se haya dado de alta en Seguridad Social, deberá solicitar, personalmente, la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
SOLICITAR EL TIE POR AUTORIZACIÓN DE TRABAJO Y RESIDENCIA INICIAL
En este punto el trabajador extranjero podrá solicitar la tarjeta física y para ello necesitará:
- Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX17)
- Justificante del abono de la tasa de la tarjeta
- Pasaporte en vigor
- Resolución favorable de la residencia y trabajo inicial
- Alta en Seguridad social de la empresa/empleador
- 1 foto en color, en fondo blanco, tamaño carné.
- Justificante de cita previa.