Residencia menor nacido en España

A continuación te detallamos todo lo que necesitas saber para obtener la residencia de un menor nacido en España.

¿Qué tipo de autorización se obtiene?

Es una autorización de residencia para hijos nacidos en España de extranjeros que se encuentren residiendo legalmente en España y adquirirán la misma autorización de residencia de la que sea titular su progenitor.

Requisitos para obtener la residencia como menor nacido en España

  • No ser ciudadano comunitario, ni familiar de un ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza al que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Que el hijo haya nacido en España.
  • Que el progenitor (cualquiera de ellos) sea residente legal.

Documentación necesaria para el permiso de residencia como menor nacido en España

  • Impreso por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el padre o madre del menor, que podrá ser:
    • Si se solicita residencia temporal: EX-01
    • Si se solicita residencia de larga duración: EX-11
  • Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del menor.
  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Certificado de empadronamiento junto con el progenitor.

IMPORTANTE: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud y legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

Solicitar el TIE como menor nacido en España hijo de residente

El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella el pasaporte o título de viaje o cédula de inscripción del menor para acreditar la identidad y aportará:

  • Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX–17)  
  • Justificante del abono de la tasa 
  • Una foto reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné.
  • Resolución favorable
  • Justificante de cita previa

Para las renovaciones de las autorizaciones se seguirán los trámites y el procedimiento establecido para las autorizaciones de residencia de los familiares reagrupados.

Las autorizaciones de residencia concedidas habilitarán para trabajar sin ningún trámite cuando los titulares alcancen la edad laboral.

Autorización de residencia de menor nacido en España denegada

Si, por el contrario, recibes una resolución donde te deniegan la residencia de tu hijo nacido en España, se podrá interponer un recurso de reposición por denegación en el plazo de un mes desde su notificación. También existe la posibilidad de interponer una demanda contencioso administrativa por vía judicial en el plazo de dos meses desde la notificación.

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