Los nuevos requisitos para solicitar la nacionalidad española
Preguntas frecuentes
¿Dónde debo pedir la nacionalidad española?
Con la aprobación del Real Decreto 1004/2015 de 6 de noviembre la solicitud de la nacionalidad española podrá hacerla presencialmente en el Registro civil de su domicilio, pero solo hasta el 30.06.2017; o podrá hacer su solicitud on-line a través de la Web
https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/nacionalidad-espanola
¿Voy a necesitar algún certificado electrónico para acceder a la aplicación on-line del Ministerio de Justicia?
Sí. Necesitará pedir en Hacienda una CLAVE que le permita acceder a la aplicación web y presentar su solicitud de nacionalidad.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Cl_ve_PIN/Cl_ve_PIN.shtml
¿Debo solicitarlo yo personalmente, o puedo autorizar a una tercera persona para que me lo tramite?
Puede autorizar a un gestor y/o abogado para que le tramite la nacionalidad española en su nombre. En cuyo caso no necesitará pedir la mencionada clave en Hacienda, pues el gestor o abogado puede hacerlo con su propio Certificado electrónico.
¿Qué documentos necesitaré para la solicitud de la nacionalidad?
-Modelo de solicitud normalizado En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line.
-Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.
-Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
-Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
-Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades competentes del país de origen.
-Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
-Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
-Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
-Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.
-Justificante del pago de la tasa.
¿Cuánto es la tasa?
100 euros.
¿Cómo se paga?
De momento debe abonarse presencialmente en cualquier entidad bancaria. Cuando el Ministerio tenga los medios necesarios, habilitará una aplicación para hacer el pago telemáticamente.
También puede abonarla a través de los sistemas de banca electrónica, siempre que disponga de tal herramienta.
¿Qué es el DELE y el CCSE?
El DELE es la nomenclatura del Diploma de Conocimiento del idioma español. Y el CCSE de la prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales.
¿En qué consisten y para qué sirven?
El DELE consiste en una prueba oral y escrita para demostrar el grado de conocimiento que tiene el extranjero de la lengua castellana. El CCSE consiste en una prueba tipo test de 25 preguntas para demostrar el conocimiento sobre geografía, cultura, historia, política y gastronomía de España.
Ambas pruebas sirven para acreditar el requisito de integración que requiere el Código Civil para conceder la nacionalidad española.
¿Estas pruebas son obligatorias?
Sí.
¿Si suspendo puedo igualmente solicitar la nacionalidad española?
No.
¿Puedo presentar mi solicitud de nacionalidad española sin dichos exámenes y aportarlos más adelante?
NO. Son preceptivos y deben ir adjuntados a la solicitud de nacionalidad española, tanto si la realiza on-line como si la hace presencialmente en el Registro Civil.
¿Dónde puedo realizar tales pruebas?
Puede realizarlas tanto en España como en el extranjero, en cualquier Centro reconocido por el Instituto cervantes.
¿Puedo inscribirme on-line?
Solo para la prueba CCSE. Podrá hacerlo a través del siguiente enlace https://ccse.cervantes.es/ escogiendo el país y la ciudad donde deseé realizar la prueba.
Para la prueba DELE deberá ir personalmente al Centro acreditado escogido e inscribirse.
¿Debo inscribirme antes en la Web del Cervantes?
Sí. Hay que registrarse como nuevo usuario en el siguiente link https://ccse.cervantes.es/user/register
¿Qué fechas hay disponibles para realizar las pruebas?
Para la prueba CCSE depende de cada ciudad. Por ejemplo, en Barcelona actualmente no hay disponibilidad de fechas hasta noviembre de 2016. De todas formas la prueba CCSE se suele realizar el último jueves de cada mes a las 18.00h para toda España. Los candidatos deben estar en el Centro escogido a las 17.30h.
Para el DELE deberá inscribirse a partir del 15 de febrero hasta el 16 de marzo para poder examinarse el 15 de abril. Del 15 de febrero al 13 de abril para examinarse el 20 de mayo de 2016. Del 15 de febrero al 8 de junio para examinarse el 15 de julio; del 15 de febrero al 14 de septiembre para el 21 de octubre y del 15 de febrero al 19 de octubre para el examen de 25 de noviembre de 2016.
¿Cuánto valen ambas pruebas?
La prueba CCSE cuesta 85 euros. La prueba DELE cuesta 124 euros.
¿Puedo pagarlas on-line?
Solo la prueba CCSE. Una vez escogida la fecha y el lugar de realización se podrá acceder al pago on-line.
¿Qué debo llevar para la realización de las pruebas?
Para la CCSE el NIE y/o el Pasaporte. Y el resguardo de la inscripción que le enviarán previamente por e-mail.
Para la prueba DELE debe llevar Copia del Pasaporte, Hoja de inscripción (http://dele.cervantes.es/informacion/requisitos_inscripcion.html) y los 124 euros del coste de la prueba.
¿En qué consistirán ambos exámenes?
El DELE es un examen escrito y consta de preguntas de gramática, una redacción, 1 audio y una prueba oral aparte.
El CCSE contiene 25 preguntas TIPO TEST de una sola respuesta correcta.
Las respuestas correctas recibirán 1 punto y las incorrectas no penalizarán. La puntuación mínima para aprobar el examen debe ser de 15 puntos.
¿Cuánto tardarán en darme los resultados?
Los resultados de la prueba CCSE se facilitarán a los examinados a los 20 días de la realización de la prueba, mediante el espacio privado del Instituto Cervantes.
Los resultados del DELE se publicarán a los 3 meses.
¿Puedo volver a realizar las pruebas si suspendo? En su caso, ¿tendré que volver a pagar?
La prueba CCSE da derecho a presentarse hasta en dos ocasiones, incluido en el precio de 85 euros. En caso de tener que realizar ulteriores pruebas, se abonará de nuevo el precio, que volverá a incluir dos intentos.
En cambio, la prueba DELE solo da derecho a examinarse una ÚNICA vez. Si no se supera la prueba, deberá volver a inscribirse y pagar de nuevo los 124 euros.
¿Hay algún manual que pueda servirme para prepararme las pruebas?
Sí. La página web del Cervantes pone a disposición de los usuarios un Manual con 300 preguntas para hacerse una idea de cómo será el CCSE; y otro Manual completo de ejemplo para la prueba DELE.
¿Puedo ser eximido de realizar ambas pruebas si demuestro que soy analfabeto?
No. Desgraciadamente ambas pruebas son obligatorias para todos los extranjeros mayores de 18 años.
¿Absolutamente todo el mundo debe realizar las pruebas?
No. Solo estarán exentos los menores de edad y las personas que puedan demostrar que sufren una discapacidad psíquica.
¿Esta nueva regulación significa que la resolución de la nacionalidad será más rápida?
En principio se agilizarán las resoluciones, pero por el momento siguen disponiendo de UN AÑO para resolver las solicitudes a contar desde que el expediente tiene entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado.
¿Los nacionales de países latinoamericanos en los que la lengua oficial sea el español, deben realizar el DELE?
Lógicamente no. Solo deberán examinarse de la prueba CCSE.
¿Caducan los Certificados del DELE y del CCSE que prueban que he superado con éxito ambas pruebas?
El DELE no caduca nunca. El CCSE tiene una validez de 4 años.
¿Si hace años que tengo cogida la cita, también estoy obligada a aportar los exámenes DELE y CCSE?
Sí. Solo aquellos que ya hayan pasado su cita están exentos de realizar las pruebas. Todos aquellos que tengan citas pendientes aunque hayan sido cogidas con antelación al 15 de octubre de 2015 deberán realizar las pruebas.
Pera más información ponerse en contacte con PMF ADVOCATS:
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