Golden Visa, visado de residencia por inversión

A continuación te detallamos todo lo que necesitas saber acerca del visado de residencia por inversión Golden Visa.

¿Qué es la Golden Visa?

El visado Golden Visa o permiso de residencia por inversión en España es una autorización de residencia para inversores extranjeros no residentes en la UE que realicen una inversión importante de capital en España.

¿Quién puede solicitarlo?

El propio inversor o un representante debidamente acreditado adjuntando la solicitud según el modelo oficial.

Documentación necesaria para solicitar la Golden Visa

  • Pasaporte actualizado.
  • Seguro médico privado con alguna entidad que opere en España.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado
  • Acreditación de medios económicos suficientes.
  • Acreditación de la realización de la inversión. La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 100% del IPREM por cada familiar.

 

DEPENDIENDO DEL TIPO DE INVERSIÓN

  • Deuda pública: certificado de entidad financiera o del Bando de España.
  • Acciones no cotizadas: declaración de inversión realizada en el Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
  • Acciones cotizadas: certificado de intermediario financiero registrado debidamente registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores o en el Banco de España, en el que conste que el interesado ha efectuado la inversión a efectos de esta norma.
  • Fondos de inversión en deuda pública: certificado de la entidad financiera o del Banco de España en el que se indique que el solicitante es el titular único de la inversión para un periodo igual o superior a 5 años.
  • Fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, se presentará un certificado de la sociedad gestora del fondo, constituida en España, debidamente registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en el que conste que el interesado ha efectuado una inversión de, al menos, un millón de euros en un fondo o fondos bajo su gestión.
  • Depósito bancario: certificado de la entidad financiera donde conste que el solicitante es el único titular.
  • Inmuebles: certificado de dominio y cargas del Registro de la Propiedad y escritura de la compra.
  • Si la compra del inmueble no se ha formalizado: contrato de arras formalizado en escritura pública, con un certificado de una entidad financiera establecida en España en el que se constate que el solicitante dispone de un depósito bancario indisponible con la cantidad necesaria para la adquisición
  • Proyecto empresarial: Informe favorable emitido por ENISA

Requisitos para el visado de residencia por inversión

Pueden solicitar un visado o autorización de residencia para inversores aquellos extranjeros no residentes en la UE que realicen una inversión significativa de capital en:

  • Adquisición de inmuebles en España con una inversión de valor o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
  • Activos financieros, realizando una inversión inicial por un valor igual o superior a:
    • Dos millones de euros en títulos de deuda pública española, o
    • Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio, o
    • Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, o de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, o
    • Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  • Proyecto empresarial deberá aportar un informe favorable que se debe obtener previamente a la solicitud del visado o la autorización de residencia y para la emisión de dicho informe deberá presentar: Proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España, justificando, al menos, una de las siguientes condiciones:
    • Creación de puestos de trabajo.
    • Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.
    • Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

¿Qué tipo de visado o autorización se obtiene?

Visado: cuando el solicitante se encuentra fuera de España, obtendrá un visado para, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio nacional. 

  • El plazo de duración del visado es de 1 año.
  • En caso de contrato de arras, la duración del visado será de 6 meses.
  • Transcurrido el año, debe solicitar una autorización de residencia.

Autorización de residencia: cuando el solicitante se encuentra legalmente en España, obtendrá un permiso de 3 años para, si lo desea, residir y trabajar en todo el territorio nacional.

Una vez cumplido dicho plazo, aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por periodos sucesivos de 5 años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho

 

¿Dónde presentar la solicitud de residencia por inversión en España?

  • Visado:  En caso de encontrarte fuera de España deberás primero solicitar el visado en el Consulado de España en tu país de residencia. 
  • Autorización de residencia: En caso de encontrarte regularmente en España solictarás la autorización de residencia  en la UGE 

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